¿Qué es el Permiso retribuido recuperable?

30/03/2020

El Gobierno aprobó ayer en un Consejo de Ministros extraordinario, un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de servicios no esenciales.

Los trabajadores y trabajadoras disfrutarán de ese permiso, de carácter obligatorio, del 30 de marzo al 9 de abril de 2020, ambos inclusive.

No se aplicará a trabajadores/as que:
➡️Se encuentren ya teletrabajando
➡️Estén en un ERTE
➡️Estén sujetos a un procedimiento de incapacidad temporal o con baja de maternidad y paternidad

Durante este permiso, trabajadores y trabajadoras mantendrán su salario habitual. Empresa y representantes de los trabajadores deberán negociar la recuperación de las horas, que no podrá incumplir los periodos mínimos de descanso previstos en la ley.

Todas y cada una de las actividades esenciales para este periodo están detalladas en el RDL aprobado por el #CMin, que ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado – BOE. Puedes consultarlo aquí⤵️
https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/29/

#PermisoRetribuidoRecuperable #EsteVirusLoParamosUnidos

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