El 22 de diciembre de 2021, el gobierno hizo público en el BOE unos cambios regulatorios en la factura de la luz que afecta a los clientes con tarifas PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) pertenecientes al mercado regulado y sus tarifas son calculadas cada día y cada hora en función del mercado diario de la energía. Pero, ¿cómo afectan estos cambios a su factura de la luz?
Desde su entrada en vigor el pasado 26 de junio de 2021, hasta el 30 de abril de 2022, está previsto por el gobierno que:
1. El IVA se reduzca al 10% siempre que se cumplan los siguientes supuestos:
- Suministros cuya potencia contratada sea igual o inferior a los 10 kW (la gran mayoría de los hogares).
- Siempre y cuando el precio del mercado del mes natural anterior esté por encima de los 45€/MWh. Consulta la evolución de los precios de mercado aquí.
- Solo en aquellas facturas que se emitan con posterioridad al 26 de junio.
Por tanto, el IVA de la luz pasa del 21% al 10% para suministros de luz cuya potencia sea igual o inferior a 10 kW y siempre que los precios de mercado se mantengan por encima de los 45 €/MWh.
2. El tipo general del Impuesto Especial sobre la electricidad se ha reducido al 0,5% (antes mayor al 5%).
Adicionalmente, a partir del 01/01/2022 los cargos y otros conceptos regulados en la factura de la luz se incrementan de la siguiente forma:
Cargos y otros conceptos regulados en tu factura de la luz:
- Se incrementan los cargos de electricidad. Este importe supone aproximadamente un 20% de tu factura.
- El Gobierno, redujo los cargos y otros conceptos regulados desde el 16 de septiembre en un 96%. A partir del 1 de enero, el Gobierno ha decidido modificar esta reducción que pasará del 96% al 31%. (Este porcentaje puede variar dependiendo del perfil de consumo.)
¿Cómo comprobar si te redujeron el IVA en la factura?
- Ten a mano tu factura, que debe haber sido emitida entre el 26 de junio de 2021 y el 31 de abril de 2022.
- En el apartado datos de contrato deberás comprobar si tu potencia contratada es igual o inferior a los 10kW.
- Para comprobar si se te aplica el IVA del 10%, toma de referencia la fecha del fin de facturación y consulta el precio fijado por el mercado durante ese mes.
- Y según el tipo de IVA que se aplica en la siguiente tabla:
¿Qué pasa si tengo Bono social?
Los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y además, tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social (de conformidad con lo establecido en el RD 897/2017) se beneficiarán de la bajada del IVA.
Para este tipo de clientes, el IVA de la luz se mantendrá siempre al 10% en lugar de al 21%, sin importar el precio del mercado y la potencia contratada.
¿A qué conceptos de la factura aplica la reducción del IVA al 10%?
Si tu potencia es igual o inferior a 10 kW y se cumplen los criterios de los precios de mercado, el IVA que tendrás que pagar en las facturas emitidas a partir del 26 de junio, será del 10% sobre los conceptos de peajes, consumo de energia y alquiler de contador.
Existen otros conceptos en la factura como pueden ser servicios, derechos de acometida, de enganche… A los que se les seguirá aplicando el 21% de IVA.
El nuevo IVA de la luz está previsto hasta el 30 de abril de 2022, siempre y cuando los precios de mercado se mantengan por encima de los 45 €/MWh.









