El Supremo rechaza exigir pasaporte Covid en el ocio nocturno andaluz

20/08/2021

El Tribunal Supremo no ha avalado la medida cursada por la Junta de Andalucía de exigir el pasaporte Covid o PCR negativa para acceder a locales de ocio nocturno. Sumándose así a la negativa del pasado 6 de agosto por parte del Tribunal Superior de Justicia andaluz a pedir este documento para acceder a los establecimientos de ocio nocturno.

El pasado 5 de agosto la Consejería de Salud y Familias dictó una orden consistente en «limitar el acceso al interior de los establecimientos de esparcimiento y hostelería con música» a las personas que pudiesen acreditar un certificado Covid de la UE o un test de antígenos o PCR negativos realizado en las últimas 72 horas.

Pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía le cerró la puerta al Gobierno autonómico, porque no la vio adecuada ya que no protege la vida, salud e integridad física de las personas.

Y ahora el Supremo comparte con el TSJ andaluz la falta de justificación apropiada de la medida propuesta, que se quería aplicar de manera general para todo el territorio andaluz, aplicable a toda la población y municipios andaluces con independencia de la tasa de incidencia, sin vinculación a su situación sanitaria y a su evolución, y además de forma indefinida.

Esta medida se ha ido extendiendo por varios países europeos pero hasta la fecha la Justicia española ha frustrado el intento de cuatro comunidades autónomas -Andalucía, Canarias, Cantabria y Galicia- y de la ciudad de Melilla de exigir el pasaporte Covid para entrar en los bares o en otros establecimientos de ocio.

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