El Ayuntamiento de Utrera suspende el cobro de impuestos y tasas municipales por el COVID-19

13/04/2020

El Ayuntamiento de Utrera ha decidido implementar una serie de medidas fiscales de flexibilización que pretenden responder al impacto económico negativo que la actual situación está produciendo sobre la economía y el empleo de nuestra ciudad.

A finales del mes pasado, el alcalde de Utrera José María Villalobos, ya anunció la reserva de 3.300.000 euros del presupuesto municipal del presente año para un plan de reactivación económica que se pondrá en marcha cuando finalice el estado de alarma.

Al mismo tiempo que se está diseñando una batería de medidas y de acciones que se llevará a cabo con dicha partida, ya conocemos el detalle de las tasas y tributos municipales que se suspenderán o aplazarán para aliviar la economía de los comercios, autónomos y empresarios utreranos.

Estas medidas se llevarán a cabo todo el tiempo que dure el Estado de Alarma, incluyendo las prórrogas que se puedan llegar a realizar. Además, también se ampliarán en el caso de que otros negocios se vean afectados por el Estado de Alarma.

Así, las medidas fiscales son las siguientes:

Veladores: 

Se suspende la liquidación de la tasa por la Ocupación de Terrenos de Uso Público con mesas, sillas, sombrillas y otras instalaciones análogas con finalidad lucrativa (veladores).

Mercadillo: 

Se suspende la liquidación de las tasas por la ocupación de la vía pública con puestos del mercadillo, y con quioscos e instalaciones análogas.

Respecto al pago satisfecho de la tasa correspondiente al primer trimestre del 2020, se procederá de oficio por el Ayuntamiento, sin que los interesados tengan que presentar solicitud alguna, a la devolución o a descontar de la cuota correspondiente al siguiente trimestre que se le liquide, los ingresos proporcionales a este período.

Basura de comercios:

No se cobrará la tasa de basura de comercios afectados por la obligación de cerrar. Para ello, respecto al pago a satisfacer de la tasa correspondiente al primer semestre del 2020, se procederá de oficio por el Ayuntamiento, sin que los interesados tengan que presentar solicitud alguna, a la devolución o a descontar de la cuota correspondiente al segundo semestre del 2020, los ingresos proporcionales a este período.

Notificaciones: 

Se suspende la emisión de notificaciones tributarias del Ayuntamiento.

Sanciones: 

El período comprendido entre el 18 de marzo y el 30 de abril de 2020, no computará en el plazo de los procedimientos de aplicación de tributos, sancionadores y de revisión.

Paralización de embargos: 

Quedan paralizadas todas las actuaciones del procedimiento administrativo de apremio, incluidas las diligencias de embargo.

Trámites: 

Se amplían hasta el 30 de abril de 2020 todos los trámites tributarios diferente a pagos, como atención de requerimientos, presentación de alegaciones, etc

Fraccionamiento OPAEF:

Se da la posibilidad de solicitarlos en período voluntario, sin intereses para deudas inferiores a 30.000 € y que el pago total de estas se produzca en el mismo ejercicio de su devengo (sólo para recibos de padrón, no para liquidaciones).

Modificación plazos de pago de tributos:

Se retrasa un mes, y se fija para el primer semestre del ejercicio 2020, como periodo general de cobro en voluntaria de los siguientes impuestos y tasas municipales, el comprendido entre los días 4 de mayo y 6 de julio de 2020, ambos inclusive: IBI, IVTM (vehículos), tasas de recogida de basuras y entrada de vehículos.

Otros: 

Se amplían hasta el 30 de abril de 2020, los siguientes plazos de pago con vencimiento después del 18 de marzo y antes del 30 de abril:

a) Los plazos de pago en período voluntario de deudas tributarias, pago de deudas en período ejecutivo, pago de acuerdos de aplazamiento y fraccionamientos.

b) Los plazos de pago en voluntaria de sanciones de tráfico.

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