La Alcaldía ha convocado una sesión extraordinaria del Pleno para el próximo martes, 3 de noviembre de 2026, a las 08:30 horas. El orden del día incluye un único punto: el sorteo público para la designación de la presidencia y las vocalías de las mesas electorales de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado del 29 de noviembre de 2026. Estos comicios fueron convocados por el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre de 2026, y el sorteo se realiza conforme al artículo 26.4 de la LOREG.

Los miembros de la mesa son elegidos mediante sorteo electoral en las personas incluidas en un listado, quienes deben saber leer y escribir, y tener entre 18 y 70 años para poder participar. La mesa se compone de un presidente y dos vocales, con sus suplentes. Para la presidencia, se exige el título de Bachiller o de Formación Profesional de segundo grado.
Quienes resulten designados recibirán una notificación y disponen de siete días para presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo. La Junta tiene cinco días para resolver y, en su caso, comunicar la sustitución. Entre los motivos admitidos figuran la discapacidad, haber formado parte de una mesa al menos tres veces en los últimos diez años y la pertenencia a confesiones religiosas cuyo régimen sea incompatible con el cargo.
La participación en la mesa es una obligación estipulada en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y algunas fuentes jurídicas advierten de que su incumplimiento puede acarrear penas de hasta dos años de prisión. Como contrapartida, los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios designados tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa el día de la votación. Y quienes ejercen el cargo reciben una dieta. Según una guía jurídica, los titulares disponen además de una reducción de cinco horas de trabajo el día posterior a las elecciones.
Los suplentes no tienen estos derechos salvo que acaben ejerciendo, y no existe una compensación extraordinaria adicional.También se consideran las enfermedades físicas o psíquicas y los servicios esenciales, como los sanitarios, de protección civil o bomberos.







