Cinco nuevos tipos de contrato laboral entrarán en vigor en 2022

11/01/2022

Según el Real Decreto-Ley 32/2021 del pasado 28 de diciembre del 2021 de medidas urgentes para la reforma laboral del gobierno de Pedro Sánchez, se han establecido cinco tipos de contratos laborales nuevos o ya existentes modificados que entrarán en vigor el próximo 30 de marzo de 2022, (fecha límite para adaptarse a una nueva ley desde que se publica en el BOE).

Tipos de contrato con el nuevo Real Decreto-Ley:

  • Contrato indefinido: son contratos de trabajo como dice el nombre, por tiempo indefinido. Con una retribución establecida por convenio o contrato. A jornadas completas o parciales.
  • Contrato Fijo discontinuo: abarca los contratos estacionales y no estacionales, sin límite de tiempo con una retribución establecida por convenio o contrato y a jornadas completas o parciales.
  • Contrato duración determinada:
    • Por circunstancias de producción: por un aumento ocasional e imprevisible de la producción de duración reducida y delimitada (hasta 90 días). Tendrá una duración máxima de 6 meses con posibilidad de ampliar a un año por convenio colectivo. Retribución establecida por convenio o contrato, a jornadas completas o parciales.
    • De sustitución: con el objetivo de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto. Durará lo que dure la sustitución del trabajador en cuestión o hasta tres meses por vacante. Con la retribución establecida por convenio o contrato. A jornadas completas o parciales.
  • Contratos formativos:
    • Contrato de formación con alternancia: compatibiliza la actividad laboral retribuida con periodos de formación, siendo un mínimo de 3 meses y un máximo de 2 años. La retribución estará establecida por convenio o el salario mínimo interprofesional. El tiempo de trabajo máximo será un 65% el primer año y un 85% el segundo año.
    • Contrato para adquirir práctica profesional: el objetivo será obtener la práctica y experiencia profesional adecuada al nivel de estudios, siendo un mínimo de 6 meses y un máximo de un año de trabajo con una retribución ajustada al convenio o el salario mínimo profesional. Podrá desarrollarse a jornadas completas o parciales.

Compartir

Otras noticias

PUBLICIDAD